domingo, 16 de marzo de 2014

PROYECTO DE NUEVA LEY UNIVERSITARIA, ¿Y LOS PROFESORES QUÉ?

Escribe: Rocío Valencia H.
“La mejora de la calidad de la educación empieza por la mejora en la calidad de los profesores” McKinsey & Company

Se habla mucho de los aspectos administrativos y políticos de la educación superior, también del aspecto económico dejando del lado el aspecto humano. Es decir el aspecto del recurso humano, un recurso vital y sin embargo tan devaluado por las mismas universidades: el profesor. Muchos se preguntan cómo se financian las nuevas universidades y por qué razón proliferan con tanta facilidad.  Mentiría quien se atrevería a negar que una de las principales fuentes de financiamiento para la mayoría de las privadas son las onerosas pensiones que pagan los estudiantes, y que otra es el dinero que estas universidades ahorran todos los meses gracias al bajísimo costo de una plana docente precaria, sin beneficios sociales, sujeta al régimen laboral privado. Esto ha sido posible gracias a leyes perversas que datan del régimen del Ing. Alberto Fujimori Fujimori. En particular el Decreto Legislativo N⁰882 de 1996 que permite la creación de empresas universitarias, convirtiendo a la educación superior en una actividad con ánimo de lucro. Pero vayamos a los datos que afectan directamente al profesor y a la calidad educativa. Según la tabla publicada más abajo, un profesor contratado al precio horario hipotético de 25 soles la hora, dato muy real en algunas universidades privadas, para una clase de 30 alumnos, recibe el  2.4 % de lo que percibe la tesorería de la universidad por su clase dictada en el lapso de un mes. La tabla de más abajo, ha sido elaborada con datos particulares que algunas de estas universidades-empresas proporcionan a través de sus portales y aunque no puede ser generalizado es alarmante. Se parte de la hipótesis de 25 soles la hora, lo cual es un promedio aproximado, ya que dentro de la ciudad de Lima donde los sueldos horarios oscilan entre los 22 y los 55 soles la hora para los profesores contratados a nivel de carreras de pre-grado.

TABLA INDICATIVA (en base a un caso particular)

Cantidades expresadas
en soles
Número de créditos
Costo promedio por crédito
Nro 
alumnos
matriculados
(promedio)
Pago promedio que recibe el profesor contratado por hora
Pago bruto mensual que recibe profesor por clase de 4 horas semanales, 2 créditos
Cantidad bruta mensual que recibe la universidad por clase de 2 créditos con 30 alumnos matriculados

01

S/. 137
30
S/. 25
S/. 400
S/. 8,220

Si las dos fuentes principales de recursos económicos financieros de las universidades son en primer lugar el cobro de las pensiones y en segundo  lugar el beneficio que se obtiene del trabajador intelectual más barato del Perú (el profesor contratado), entonces no debería de sorprendernos la facilidad con la cual las nuevas universidades proliferan y la forma como este hecho particular afecta la calidad educativa.  Remitir al Ministerio de Economía y Finanzas los proyectos de los presupuestos anuales de las universidades públicas, sólo pondría en evidencia el mínimo gasto que hacen las universidades públicas en sus docentes contratados. Fiscalizar la reinversión de excedentes de las universidades privadas tampoco resolvería el desequilibrio. En los 27 estados miembros de la Unión Europea, el 79,9% de la financiación que reciben las instituciones de educación superior (IES) procede de fuentes públicas[1]  Aquí en el Perú el panorama es exactamente el opuesto. ¿Qué ganamos entonces fiscalizando “la reinversión de excedentes” cuando lo que hay que cambiar es una ley que permitió en primer lugar que consorcios privados y empresarios abrieran universidades con el único fin de hacerse millonarios?

Se ha señalado que muchas universidades no deben de seguir funcionando, pues existen dudas en la manera como obtuvieron o mejor dicho "consiguieron" el permiso de la ANR, sin contar con infraestructura adecuada, laboratorios y ni siquiera bibliotecas. Sin embargo también está muy mal que la ley les permita a estas universidades  explotar a un ejército de profesores contratados (suman aproximadamente 30,000) cuyo minúsculo pago horario no les permite tener una vida digna, ni mucho menos formarse para acceder a un título de post-grado, maestría o doctorado. Ni las autoridades universitarias ni los docentes desean tocar el espinoso tema del profesor contratado ya que acomoda a los unos e intimida a los otros. Los mismos docentes no hablan por temor a ser separados de sus instituciones y quedar sin ninguna fuente de ingresos. Tengamos en cuenta que la mayoría se expone a quedarse sin trabajo. Las universidades se hacen de la vista gorda pues resulta muy lucrativo contar con este tipo de empleado precario del cual se pueden deshacer en cualquier momento. Los profesores miran con resignación la calle, en la cual quedarían si protestan directamente antes las autoridades. Nadie quiere levantar el manto para contemplar un cuadro que sería la vergüenza de cualquier país desarrollado, con instituciones democráticas y acreditadas.

En nuestro país hace falta que un capítulo entero de este nuevo proyecto de ley universitaria  regule la formación académica, el concurso, el contrato y el tipo de remuneración del profesor universitario, sin posibilidad a que las universidades puedan apoyarse en el profesor contratado, como tabla de salvavidas para incumplir la nueva ley y ahorrar en una partida tan crucial y sensible para alcanzar la tan deseada calidad educativa. Si se coloca un tope al porcentaje de profesores contratados que tanto universidades públicas, como privadas están autorizadas a contratar y un límite al número de veces que estos profesores pueden ser re contratados se termina con el problema de los profesores precarios. Salvaguardar la calidad educativa dependerá en gran parte de esta difícil, pero necesaria decisión.


Situación real del profesor contratado
Según nuestro estudio en 10 de las 35 universidades limeñas, el profesor contratado, con título universitario gana entre 22 y 35 soles la hora.  Hay en total 110 universidades en todo el Perú (39 son públicas y 71 son privadas) Sin embargo se cuentan con los dedos de una mano, el número de las universidades donde la remuneración está por encima de los 50 soles la hora. Un tiempo completo es de 40 horas: 20 de dictado y 20 de cualquier otra actividad dentro de la misma universidad. En la mayor parte de las universidades el máximo en horas de dictado para un profesor contratado es de 19 horas semanales. Si fuera de 20 la universidad se vería obligada a reconocerle los beneficios sociales, como las licencias por enfermedad o las vacaciones pagadas. Siendo sólo 19 horas, únicamente están obligadas a pagarles el aporte al sistema nacional de pensiones o a la AFP respectiva. Existe una élite de universidades a nivel nacional que sí los contrata por 20 horas o más y sí paga toda la gama de sus beneficios sociales, incluidos los médicos. Pero este grupo de universidades es la minoría y lamentablemente la mayoría de profesores no tiene el privilegio de trabajar en esas privilegiadas 4 o 5 universidades. Al horario de las hipotéticas 19 horas, se le suman mínimo 4 horas de preparación semanal que no le son reconocidas. Otras dos de revisión de trabajos y tutorías que tampoco le son reconocidas bajo el régimen privado. En total suman 25 horas semanales de las que tan sólo recibe un pago de 19 horas de dictado. Al precio de 25 soles la hora que es el lugar común para la mayoría de profesores que no tienen maestría, ni doctorado, esto equivale a 1900 soles menos los descuentos de ley. Con ese salario tiene que vestirse dignamente, alimentarse apropiadamente, transportarse y además mantenerse al día en sus conocimientos comprando libros, revistas especializadas, periódicos y asistiendo a una o dos conferencias por ciclo. El dinero que las universidades injustamente le pagan no alcanza para que vista o calce bien. Tampoco para que se transporte en automóvil a clase todos los días. Mucho menos para que pueda pagar un sistema de seguro médico y dental que la universidad privada no le proporciona. No goza de vacaciones pagadas, sino que más bien se convierte en desempleado durante tres meses al año. El profesor contratado vive así a la merced de un sistema laboral privado que no protege ninguno de sus derechos fundamentales, salvo el derecho a gozar de una jubilación mínima, al cabo de 35 años de servicio.

Sin beneficios sociales, ni vacaciones pagadas, ni licencia por enfermedad; tendrá que afrontar un año que dura 12 meses, con un ingreso de 18,050 por los nueves meses y medio trabajados en el año, lo cual equivale a  S/.1,504 al mes. Si enferma, no podrá trabajar, ni tampoco pagarse un tratamiento. Si tiene un auto y este se estropea, tampoco podrá pagar las reparaciones en ningún taller. Todo esto mientras los congresistas ganan sueldos de S/.23,000 al año por presentar menos de diez proyectos de ley y algunas veces ninguno que sea aprobado en todo el año. En ese mismo lapso de tiempo el profesor contratado ha revisado al menos 60 monografías de investigación; ha asesorado tesistas y hasta ha pasado a formar parte de jurados para la sustentación de tesis de licenciatura, sin que nadie le reconozca ninguna clase de beneficio económico por un trabajo académico que en otros países sólo realizan los doctores.

Tiene un contrato de tan solo seis meses renovable hasta el infinito. No existe límite en cuanto al número de veces que la universidad lo puede volver a utilizar, perdón re-contratar. De este modo, puede salir con muy buenos resultados en las encuestas realizadas a los estudiantes ciclo tras ciclo y sin embargo esto no constituir jamás un criterio para que la universidad le mejore en su status de profesor contratado, con el fin de evitar el costo que le significaría ofrecerle un contrato de tres años o un contrato indefinido. En contraposición a esta situación está la de los profesores ordinarios (principal, asociado o auxiliar) quienes sí gozan de una estabilidad laboral y de los beneficios sociales establecidos por la ley. Ocurre que los profesores ordinarios, también llamados profesores nombrados, son cada vez menores en número y que muchas universidades privadas hacen actualmente hasta lo imposible por jubilarlos, a penas cumplen los 75 años, sin ninguna intención de reemplazarlos en sus puestos por otros profesores que gocen del mismo status permanente y por lo tanto de la misma calidad de vida. En el proyecto de la nueva ley universitaria el tope ha bajado a los 70 años de edad.

Hemos revisado cuidadosamente el proyecto de la nueva ley universitaria y está claro que la situación del profesor contratado no mejorará. El capítulo VIII dice: ´´la universidad está facultada para contratar  a docentes´´  El docente que fue contratado puede concursar a cualquiera de las categorías docentes (principal, asociado, auxiliar) Esta norma sugiere que si el profesor es un profesor contratado, él puede tomar la iniciativa de concursar a una mejor plaza (principal, asociado, auxiliar) Sin embargo en la práctica esto es imposible, a no ser que la ley también establezca que se trata de un derecho del profesor contratado que la universidad peruana está obligada a respetar estableciendo los plazos y las condiciones. Lo lógico sería que la ley dijera: “al cabo de tres años de trabajar en una misma institución de educación superior el profesor contratado tiene el derecho de postular a una plaza de principal, asociado o auxiliar y las universidades públicas y privadas tienen la obligación de convocar al concurso correspondiente” Actualmente las plazas de profesor principal, asociado y auxiliar son raras. Las ofrece únicamente la universidad pública, no así la universidad privada donde los nombramientos dependen de criterios puramente económicos.

Por todas estas razones, el debate en torno a la nueva ley universitaria levanta tanta polvareda, debajo de la cual sólo se escuchan argumentos incompletos de monos abrazados a una torre de Babel.  ¿Por qué no invitar al debate en el Congreso a todos los públicos involucrados?; ¿a las autoridades universitarias y a los profesores, de todas las categorías, provenientes de universidades de todo tipo de nivel socio-económico y de todas las regiones del país?, ¿y también a los dueños de las universidades privadas, así como a los representantes de los profesores y a los representantes estudiantiles de universidades públicas y privadas que son los más interesados en que la calidad educativa esté garantizadas y los títulos puedan ser acreditados?

Lima, 16 de marzo del 2014



[1] http://eacea.ec.europa.eu/education/eurydice%20/documents/thematic_reports/091ES.pdf